Nuevo Reglamento Interior de la Junta de Gobierno de la UNAM
CONSIDERANDO
Que la UNAM, acorde a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Orgánica, es una corporación pública organismo descentralizado del Estado dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad; organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
Que de conformidad con el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y el artículo 2º fracción I de su Ley Orgánica establece que la Universidad tiene derecho para organizarse como lo estime mejor, dentro de los lineamientos generales establecidos en la propia Ley Orgánica.
Que de acuerdo con el artículo 3º de la Ley Orgánica, la Junta de Gobierno es una autoridad universitaria y conforme con el artículo 6º fracción VI le corresponde expedir su propio reglamento.
Que la Junta de Gobierno, sensible a las necesidades de participación, transparencia y rendición de cuentas de toda autoridad en un Estado de Derecho, busca atender el sentir de la comunidad universitaria y reconoce la necesidad de adecuar su normatividad interna para responder de la mejor forma a sus responsabilidades y atribuciones.